Se acerca el Fin de los Paraísos Fiscales

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Se acerca la fecha límite para el reporte de información automática del Common Reporting Standard (CRS). Instituciones financieras de 51 países deberán reportar en setiembre 2018, incluyendo entre otros a Uruguay, Andorra, Bahamas, Belice, Mónaco, Panamá, Israel y Suiza.

Las demoras en las implementaciones locales del CRS están generando incertidumbre y confusión entre los asesores financieros, fiduciarios y sus clientes que no tienen claridad sobre las decisiones a tomar. Todos estos países ya transformaron el CRS en ley, sus instituciones financieras modificaron sus procedimientos de Debida Diligencia, están identificando cuentas reportables y preparando la información para informar tanto saldos como rentas.

Este proceso puede llevar mayor o menor tiempo en cada uno de estos países, pero algo es seguro: la transparencia está avanzando en todos ellos y no tiene vuelta atrás, el intercambio tarde o temprano llegará; mejor asumirlo ahora y tomar decisiones acertadas con reglas claras.

 Haciendo un análisis no tan profundo de las reglas bancarias y de intercambio de información de Estados Unidos, queda claro que aun estamos muy lejos de terminar con el Secreto Bancario. Mientras el resto de los países avanza rápidamente hacia la transparencia que impulsa la OCDE, su socio principal promueve el anonimato tanto en cuentas financieras como en entidades legales. La OCDE mantiene un silencio alarmante sobre este tema, no tienen vergüenza de exigirles a otros lo que ellos no están dispuestos a dar.

Sorprende ver publicaciones de la OCDE como la de marzo de 2018 con el título “Game Over for CRS Avoidance!” terminando con las estrategias de elusión de CRS, sin hacer ni una observación sobre la forma más fácil de eludir el CRS: trabajar con instituciones financieras americanas. Mientras siga este doble discurso de la OCDE difícilmente el mundo avance a una transparencia total.

Panamá y Bahamas

Panamá aprobó su legislación primaria de CRS en 2016, luego aprobó una segunda ley en 2017, y para que pueda ser aplicable a partir de 2018, el decreto reglamentario fue publicado el 26 de diciembre de 2017. Lo mismo pasó en Bahamas donde inclusive las autoridades publicaron las obligaciones y fechas límites para entidades depositarias, de custodia y entidades de inversión.

Algunos asesores legales y fiscales buscan “agujeros” en las leyes de CRS para eludir el reporting, sin embargo, la OCDE avanza permanentemente cerrando cualquier posible grieta. La última regulación anti-elusión publicada se llama “Game over for CRS avoidance” y refiere a la obligación de abogados, contadores, asesores financieros y bancos a reportar estructuras offshore que tengan como consecuencia eludir el reporting CRS. Estas estrategias y estructuras a veces son costosas y siempre son soluciones de corto plazo debido a la regulación en constante avance.

Mientras el resto de los países avanza rápidamente hacia la transparencia que impulsa la OCDE, su socio principal promueve el anonimato tanto en cuentas financieras como en entidades legales. La OCDE mantiene un silencio alarmante sobre este tema, no tienen vergüenza de exigirles a otros lo que ellos no están dispuestos a dar.

¿Cómo funcionará el CRS en la práctica en estos países?

La ley de CRS no es igual en todos los países, incluye además de leyes, sistemas de IT y muchos recursos dedicados y de hecho el Standard mismo sigue sufriendo modificaciones a medida que avanza. Sin embargo, podemos identificar algunos puntos siempre en común y que son la columna vertebral del CRS. Las Instituciones Financieras deben reportar información de cuentas reportables a su autoridad fiscal que será el encargado de enviar la información a las contrapartes vía un software especial.

Las Instituciones Financieras que deberán reportar son las siguientes:

Entidades depositarias (Bancos, corredores, etc), Compañías de Seguros,

Entidades de Custodia (Fideicomisos y Fundaciones, entre otros), Compañías de Inversión, éstas se dividen en dos: asesores financieros que manejen cuentas y compañías cuyo activo está formado por un Portfolio de activos manejados por asesores tipo A.

Hay países como Nueva Zelanda donde la responsabilidad del reporting en caso de los Trusts quedó en cabeza de los Fiduciarios profesionales con graves penas en caso de incumplimiento e hizo que el cumplimiento del reporting de Trusts en 2017 fuera altamente exitoso.

Pero, ¿qué está pasando con  los fideicomisos, fundaciones y sociedades constituidas en Panamá, Bahamas, Islas Vírgenes Británicas, Belice, y otras que administran patrimonios y deberían reportar? Ya está previsto en la legislación local que estas entidades deben registrarse y reportar, pero hasta que en la práctica no haya un mecanismo eficaz de obligación al cumplimiento, el mismo será mínimo. Entonces queda flotando una pregunta: ¿cuánto tiempo falta para una implementación total?

Por otra parte, la transparencia en EE.UU. avanza lentamente debido principalmente al fuerte lobby del sector financiero y a que en general estas leyes van en contra de los intereses proselitistas de los partidos políticos. Algunas normativas aprobadas recientemente apuntan a eso, por ej., la obligación de identificar a beneficiarios de sociedades americanas que adquieran inmuebles con valor superior a USD 1MM en Florida o Nueva York.

Otro ejemplo es la reciente regulación de FINCEN sobre la obligación de los bancos a identificar beneficiarios finales de entidades con cuentas bancarias. Ésta última, demoró 8 años de discusión en el Parlamento antes de aprobarse. El motivo detrás de estas nuevas normas es básicamente la lucha contra el terrorismo y no un incentivo fiscal internacional. ¿Entonces cuánto tiempo falta para que EE.UU. entregue la información de extranjeros escondiendo patrimonios en su país?

La ley de CRS no es igual en todos los países, incluye además de leyes, sistemas de IT y muchos recursos dedicados y de hecho el Standard mismo sigue sufriendo modificaciones a medida que avanza.

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Este artículo es cortesía de Marcelo Gutiérrez Acosta y Lara
El Lic.Marcelo Gutiérrez Acosta y Lara Es autor de “Intercambio de Información entre países: Uruguay Panamá, Suiza y EE.UU. 2016”. Representa a Uruguay en la International Fiscal Association (IFA) y en Society of Trust and Estate Practitioners (STEP). Estudió Derecho Tributario Internacional en la Universidad de Leiden, Holanda. Es socio de Invertax US Trust Inc. y CEO de Vestin Bank International.
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