Impuestos reales sobre monedas virtuales

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El mercado de las criptodivisas pronto dejará de ser un sector libre de regulaciones.

El gobierno de los Estados Unidos ha estado controlando el mercado de las criptodivisas, particularmente el de “bitcoin”, desde hace tiempo. Por esta razón algunos procesos legales han tenido lugar bajo las leyes de anti lavado de dinero, en contra de individuos que supuestamente facilitaron el uso de bitcoins a personas que comerciaban con productos ilegales. Algunos dueños de centros de intercambio de bitcoin han sido procesados legalmente, a pesar de que declararon no haber tenido idea de qué tipo de productos se estaban adquiriendo mediante el uso de dicha divisa. Incluso algunos de estos han sido condenados a quince años de cárcel por permitir a esos centros de intercambio facilitar transacciones comerciales en el sitio Silk Road.

Estos procesos fueron un presagio de la seria persecución al sector de monedas virtuales por parte de los organismos reguladores estadounidenses, y esta persecución es la principal razón por la que este mercado ya no es lo que era originalmente destinado a ser: un espacio libre de regulaciones. Por el contrario, la FinCEN (Financial Crimes Enforcement Network) exige que todas las transacciones en monedas virtuales realizadas por ciudadanos americanos  sean sujetas a las limitaciones de la legislación anti lavado de dinero, y a los permisos comerciales estatales.

El gobierno norteamericano es uno de los pioneros en lo que respecta a la regulación de criptodivisas.

Pero lamentablemente este fue solo el comienzo, ya que otras causas legales han sido abiertas contra usuarios de bitcoin, lo que sugiere un ensañamiento de parte del gobierno norteamericano hacia el mercado de las criptodivisas. Recientemente, por ejemplo, un quiropráctico de Luisiana utilizó sus cuentas comerciales para vender cientos de miles de dólares en bitcoins, y por este motivo fue declarado culpable de operar un negocio de servicios financieros no autorizados.

Este individuo también fue acusado de  promocionar “servicios en bitcoins” en el sitio“localbitcoins.com”, un mercado a través del cual los usuarios compran y venden dicha divisa. Supuestamente, el quiropráctico junto con su hijo aceptaron giros postales, tarjetas prepagas y dinero en efectivo por el valor de más de 3.5 millones de dólares, a cambio de bitcoins previamente adquiridos en el mercado.

Este caso señala claramente la manera caprichosa en que las monedas virtuales están siendo reguladas. Las transacciones en criptomonedas están sujetas a las leyes federales de anti lavado de dinero, por las cuales los comerciantes están obligados a verificar la identidad de sus clientes de la misma manera que los bancos.

Por si esto fuera poco, no existe aún un concepto claro de cómo se van a gravar las transferencias en criptomonedas. Una vez más, el gobierno de los EEUU es pionero en este asunto.

No existe aún un concepto claro de cómo se van a gravar las criptomonedas.

La IRS (Internal Revenue Service) considera que la criptomoneda es una “propiedad”, y por lo tanto no una divisa. En el comunicado “2014-21”, ésta institución del gobierno expresó por primera vez su posición con respecto a las criptodivisas declarando que “las monedas virtuales son consideradas una propiedad por la comisión impositiva federal de los EEUU”, y que por consiguiente “los principios impositivos generales que aplican para las transacciones de propiedades o bienes, aplicarían igualmente a las transacciones en criptomonedas. Esto significa que estas divisas estarían sujetas a impuestos sobre las ganancias de capital a corto plazo (en otras palabras un simple impuesto a las ganancias), o bien a largo plazo, dependiendo de la cantidad de tiempo en que la divisa haya estado en poder del vendedor.

Las autoridades impositivas tanto de Canadá como del Reino Unido, han adoptado la misma postura que la IRS, mientras que otras jurisdicciones como Australia o Japón han decidido que las monedas virtuales deben ser tratadas como cualquier otra moneda emitida por el estado. El gobierno nipón fue el primero en adoptar esta postura el 1° de abril de 2017, mientras otros países aún no han tomado una decisión al respecto.

Si en Europa, por ejemplo, se considerara a las monedas virtuales como bienes, éstas estarían sujetas al IVA. Por lo tanto las criptomonedas estarían sujetas al pago de IVA al ser compradas, luego nuevamente al ser intercambiadas por algún bien o servicio, y finalmente una vez más a la hora de venderlas o utilizarlas para la compra de un producto. En este caso una sola transacción generaría doble o incluso triple gravamen.

A pesar de la postura de la IRS con respecto a este tema, otros entes reguladores estadounidenses han hecho pública la opinión de que la criptomoneda podría llegar a ser algo más que un bien o una divisa. Además la Comisión de Bolsa y Valores de los EEUU, más comúnmente conocida como SEC, en una carta del presidente de esta comisión del 11 de diciembre de 2017, afirmó que “aunque llamemos a un producto divisa, o lo consideremos basado en una divisa, esto no significa que el producto no sea simplemente un valor financiero”. Dada la posibilidad de revender las criptomonedas en el mercado secundario por un valor mayor al de la compra, esto posiciona a las mismas como un “valor”. El presidente de la SEC comenzó su carta de la siguiente manera:

“He solicitado a la Division of Enforcement de la SEC, que continúen vigilando este asunto muy atentamente, y recomiendo se tomen represalias contra aquellos que ofrezcan intercambios monetarios que violen las normas de seguridad federal.”

Mientras tanto la SEC se enfoca en el proceso denominado ICO (Inicial Coin Offering), proceso a través del cual las incipientes compañías de intercambio de criptomonedas reúnen fondos. La SEC está intentando dilucidar si las transacciones que tienen lugar dentro de las ICO deberían ser registradas como un bien a obtener, la cual es una medida aún sin precedentes en el ámbito de las criptomonedas, o bien si estas monedas podrían ser contempladas bajo algunas excepciones como por ejemplo la normativa D, de acuerdo a la cual algunas empresas pueden realizar transacciones comerciales sin registrar sus bienes en la SEC, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios. Cualquiera de estas dos opciones resultaría en la limitación del número de personas autorizadas para tales transacciones, y en la dramática reducción de mercados emergentes de criptomonedas, como por ejemplo Coinbase. Aparentemente el director del SEC, estaría a favor de esta última opción.

Otras entidades como la CFTC (Commodities Futures Trading Commission), han manifestado su intención de regular las criptomonedas. El director de dicha entidad, Christopher Giancarlo, declaró en respuesta a la carta del director de la SEC, en diciembre de 2017:

“Las monedas virtuales son diferentes a cualquier producto con el cual la CFTC haya lidiado hasta ahora…”

Finalmente, es el Congreso el que probablemente tenga la última palabra en relación a este asunto. Recientemente el Proyecto de Ley S1241 agregó clausulas a la actual legislación anti lavado de dinero, de acuerdo a las cuales las criptomonedas  se agregan a los conceptos de cuentas y reportes financieros. De esta manera se exige que tanto los dueños como los usuarios de monedas virtuales se reporten ante la FATCA (Foreign Accounts Tax Compliance Act).

El formulario 1040 es solo el comienzo de un gran proceso de recolección tributaria.

Mientras tanto, el mencionado Proyecto de Ley es solo un proyecto, pero es solo cuestión de tiempo hasta que la ley se constituya como tal, y por consiguiente todas las transacciones y cuentas que involucren criptomonedas tendrán que ser reportadas. Pronto el formulario de declaración de impuestos 1040 será solo el comienzo de los mecanismos del estado para imponer el pago de impuestos, y tanto los generadores como los usuarios de criptomonedas tendrán que someterse a las mismas regulaciones que los bancos y las agencias de corredores, en lo que respecta a la obligación de compartir la información de sus clientes.

Es solo cuestión de tiempo hasta que leamos en el Wall Street Journal acerca de una acción legal a partir de una evasión impositiva masiva, cometida por algún usuario de bitcoin, el cual no ha cumplido con los correspondientes requisitos tributarios. La IRS usará esto, sin lugar a dudas, para lograr que el resto de los usuarios de monedas virtuales cumplan voluntariamente con las legislaciones impuestas.

Las criptodivisas podrían llegar a ser el futuro del dinero, aunque muchos de los aspectos de este “nuevo dinero” permanecen sin resolverse. Una cosa es segura, y es que esta ambigüedad no alivia la necesidad de declarar propiamente las ganancias generadas gracias a las transacciones en bitcoins, o a la especulación con su valor. La reciente citación en contra de Coinbase tiene como objetivo develar las identidades de 15 000 poseedores de cuentas ante la IRS, por ejemplo, y este es solo la primer acción entre otras muchas en esta dirección. Cuánto más se acreciente el valor de las criptomonedas, más ardua será la persecución y más amplio el objetivo de la IRS y el Departamento de Justicia.

¿Existe una solución?

Si bien es demasiado pronto para dar una respuesta definitiva, lo primero que un individuo para el cual las criptodivisas representen una buena fuente de ganancias debería hacer, sería establecer su empresa en un territorio low tax o incluso zero tax. Existen muchas jurisdicciones que permiten el intercambio comercial en bitcoins sin cobrar impuesto sobre las ganancias. Una de estas jurisdicciones es Vanuatu, en la cual bitcoin está considerado como un valor financiero. Otra es Panamá, en donde el bitcoin seguramente entraría en la categoría de valor de cambio o de transmisión de dinero. Con la fundación de una compañía de estas características y especialmente en la zona libre, es posible minimizar virtualmente todos los impuestos sobre capital generado en el extranjero. Debido a que la venta de bitcoins se realiza principalmente a individuos fuera de Panamá, solo haría falta estructurar la compañía de manera adecuada y así acceder a este beneficio.

Con el propósito de evitar cualquier problema con el fisco bajo las leyes de los EEUU u otros países, la compañía debería pertenecer a un fideicomiso o fundación, de manera tal que los dueños de la misma puedan obtener dividendos pero al mismo tiempo estar exentos de tales problemas.

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