Panamá , residencia para personal extranjero contratado como corresponsal de prensa
PANAMÁ – PERMISOS TEMPORALES POR RAZONES LABORALES
La vigencia de los permisos de residente temporal por razones laborales será por períodos anuales hasta un total de seis (6) años.
7.PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO COMO CORRESPONSAL DE PRENSA ESCRITA, RADIAL O TELEVISIVA INTERNACIONAL Y REMUNERADO EN EL EXTERIOR
Podrá solicitar este permiso el extranjero que es corresponsal de prensa escrita, radial o televisiva internacional debidamente acreditado por las autoridades de sus respectivos países.
Tiempo de estadía en Panamá:
Para obtener la residencia temporal, se requiere la siguiente presencia en Panamá:
- Visita inicial: de 5 a 15 días hábiles, la duración depende de la situación específica, de lo que se necesita hacer. Como resultado, el solicitante puede retirarse con el carnet de trámite de residencia temporal (por supuesto, solo si se cumplen todos los requisitos).
- Segunda visita: 2-3 días, después de 2-3 meses. Como resultado, el solicitante puede retirarse con el carnet de residencia temporal y la resolución emitida por el servicio nacional de migración.
Documento por cada solicitante:
- Verificación de antecedentes penales (registro policial) apostillados o debidamente autenticados por la respectiva Embajada / Consulado de Panamá.
- Pasaporte. La legalización se hará en Panamá.
- Cinco (5) fotos de tamaño de pasaporte.
Documentos por Dependientes (Esposo Niños):
1.Cónyuge: certificado de matrimonio apostillado o autenticado por la respectiva Embajada / Consulado de Panamá.
2.Niño< 18 años: acta de nacimiento apostillada o autenticada por la respectiva Embajada / Consulado de Panamá.
- Niño> 18 años: una certificación de la autoridad en su país de que no están casados apostillados o autenticados por la respectiva Embajada / Consulado de Panamá.
4.Verificación de antecedentes penales (registro policial) apostillados o autenticados.
COSTO
Solicite presupuesto en función del número de solicitantes y trámites adicionales.
Individual: (Costo: $ 6.000)
Paquete para una pareja casada: (Costo: $ 7.000)
Documentos a ser entregados:
1.- Carnet de trámite y visa múltiple con 3 meses de validez.
2.- Carnet de residencia temporal.
REQUISITOS
(Documentos para hacerse en Panamá)
- Poder y Solicitud mediante abogado
- Copia completa del pasaporte notariado
- Certificado de antecedentes penales del país de origen o residencia. En aquellos países donde no se expida este documento, el interesado deberá aportar una certificación de un agente diplomático o consular, en la que conste la inexistencia de dicho certificado y una declaración jurada ante notario público, en la que conste que no posee antecedentes penales.
- Certificado de salud expedido por un profesional idóneo, dentro de los tres (3) meses anteriores a su presentación
- Pago de doscientos cincuenta balboas (B/.250.00) balboas a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria y de ochocientos balboas (B/.800.00) a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación
- Declaración Jurada de Antecedentes Personales
- Tres (3) fotografías
- Carta de responsabilidad de la agencia de prensa internacional, que acredite lo siguiente:
- El tiempo por el cual prestará sus servicios
- Que su salario proviene de fuente extranjera; y
- Que se compromete a repatriarlo una vez deje de estar a su servicio
- Certificación de existencia de la agencia de prensa internacional
Edificio BBA, popularmente conocido como «el Tornillo», Panamá
CUOTAS Y GASTOS
Solicite presupuesto en función del número de solicitantes.
Individual: Servicios profesionales $ 3,000 (Gastos $ 3.000 NTL Costo: $ 6.000)
Paquete para una pareja casada: $ 3,500 (Gastos $ 3.500 NTL Costo: $ 7.000)
Documentos a ser entregados:
1.- Carnet de trámite y visa múltiple con 3 meses de validez.
2.- Carnet de residencia temporal.
PRORROGA
Debe aportar los requisitos anteriores a “excepción” de:
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
- Los cheques de B/. 250.00 al Tesoro Nacional y de B/. 800.00 al Servicio Nacional de Migración
- Las pruebas de parentesco emitidas en el exterior que han sido presentadas en la primera solicitud
DISPOSICIONES GENERALES DE LAS SOLICITUDES DE VISAS Y PERMISOS
En las solicitudes de visas o permisos por razones laborales, el poder debe ser otorgado por el representante legal de la empresa contratante, especificando las generales de la empresa y del extranjero solicitante. Si el representante legal es el solicitante otro dignatario de la sociedad deberá otorgar el poder
Los dependientes mayores de edad, de cualquier visa o permiso de las distintas categorías o subcategorías, deberán otorgar poder por sí mismos
Toda copia que requiera ser presentada para las distintas visas o permisos deberá ser debidamente autenticada como fiel copia de su original por notario público o autoridad competente
Toda carta de responsabilidad emitida por una persona natural o jurídica (emitida en papel membrete de la empresa) deberá incluir:
- que se compromete a asumir el sustento económico o el pago del salario, según sea el caso
- Que se compromete a asumir los gastos de retorno o repatriación a su país de origen o destino, en caso necesario
- Debe estar acompañada de recibo de servicios públicos, contrato de arrendamiento, reserva de hotel o cualquier otro documento que compruebe el domicilio extranjero durante su estadía en el territorio nacional
- La firma debe estar autenticada por notario público
Toda solicitud de visa y permiso migratorio deberá estar acompañada de tres (3) fotografías recientes, tamaño carné, con el rostro descubierto
Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero deberán cumplir con lo siguiente:
- Estar debidamente apostillados o autenticados por la embajada o consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá
- De no existir consulado o embajada panameña en el país que lo emite, se debe acreditar tal situación y proceder a autenticarlo en la embajada o consulado de un país amigo
- Todo documento debe estar en idioma español de lo contrario debe ser traducido por un traductor público autorizado con referencia a la resolución que lo autoriza como traductor en la República de Panamá
- Si se hace referencia a moneda extranjera deberá presentar la conversión donde se detalle su equivalente en dólares, emitida por una entidad competente.
NOTA: El extranjero que solicite alguna categoría migratoria de residente temporal o permanente, tiene la obligación de filiarse en el Registro de Extranjería del Servicio Nacional de Migración y debe aportar:
- Debe llenar formulario personalmente ante el funcionario del Servicio Nacional de Migración, y estampar su huella digital en el mismo
- Debe aportar tres (3) fotografías
- Copia de la pagina principal del pasaporte donde sale la foto y las generales del solicitante
- Copia de la página donde esta estampada el último sello de entrada al país
- Pago de cinco balboas (B/.5.00) en concepto de servicios migratorios
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