Licencias financieras en Polonia

Independientemente del sector en el que decida iniciar un negocio, necesita una licencia financiera para ello. Adquirir una licencia es comprometerse a respetar las leyes y a ofrecer a sus clientes un servicio confiable y de calidad.

Con la licencia comercial adecuada, usted podrá asistir a los clientes o administrar sus finanzas por ellos. Cada tipo de oficio financiero puede requerir una licencia diferente, por lo tanto, asegúrese de solicitar la más adecuada de acuerdo a cómo desea conducir su negocio. Una vez que la obtenga, procure mantener altos estándares y siéntase orgulloso de poseerla, ya que la misma es aval de su profesionalismo y confiabilidad.

Una institución financiera (IF) es una empresa dedicada al negocio de las transacciones monetarias y afines, tales como depósitos, préstamos, inversiones y cambio de divisas. Estas instituciones abarcan una amplia gama de operaciones comerciales dentro del sector de servicios financieros, incluidos los bancos, fideicomisos, compañías de seguros, firmas de corretaje y operadores de inversión. La mayoría de las personas que se desenvuelven en una economía desarrollada tienen una necesidad constante o al menos periódica de los servicios que ofrecen las IF.

Estas instituciones pueden operar a diversas escalas, desde asociaciones crediticias regionales hasta bancos internacionales de inversión.

Instituciones financieras en Polonia

Mundo Offshore ofrece licencias para diferentes instituciones en la República de Polonia.

Autoridad Nacional de Pago

Una institución nacional de pago es una figura jurídica establecida en el territorio de la República de Polonia que puede proporcionar diferentes servicios de pago seleccionados. Esta entidad también puede ofrecer servicios de emisión de dinero electrónico, siempre que cuente con un nivel adecuado de fondos propios disponibles. A continuación, encontrará información más detallada sobre el alcance de los servicios de pago que proporcionan las instituciones locales correspondientes.

La institución nacional de pago puede operar en el territorio de la República de Polonia o en el de otros países que pertenezcan al Espacio Económico Europeo, siempre que funcione en su jurisdicción como una sucursal, a través de un intermediario o en el marco de actividades transfronterizas.

Estas entidades de pago desempeñan una actividad autorizada, lo que significa que requieren el consentimiento previo de la Autoridad de Supervisión Financiera de Polonia (PFSA) y una inscripción especial en el registro de proveedores de servicios de pago que maneja la PFSA.

La institución nacional de pago puede prestar todos los servicios indicados en la Ley de Servicios de Pago o solo aquellos que sean seleccionados. Esta Ley no define qué es un servicio de este tipo, pero contiene un catálogo exclusivo de actividades específicas que deben tratarse como servicios de pago. Adicionalmente, una institución de este tipo que cuenta con un capital registrado igual o superior al equivalente de 125 000 EUR en moneda polaca, y tiene derecho a emitir dinero electrónico exclusivamente en el territorio de la República de Polonia. Antes de embarcarse en dicha actividad, es vital que la institución nacional de pagos proporcione a la PFSA una notificación por escrito indicando la intención de realizar negocios que impliquen la emisión de dinero electrónico.

Cabe destacar que, al operar con una licencia de proveedor de servicios de pago, las actividades concernientes a los modelos de negocio y a las soluciones tecnológicas presentan diferencias dependiendo de si éstas se efectúan bajo el alcance de los servicios de pago o de la emisión de dinero electrónico. Por esta razón, es esencial que, antes de enviar la solicitud a la PFSA, la actividad prevista califique correctamente.

Además de proporcionar servicios de pago, la institución nacional también está en capacidad de:

  1. Proporcionar soluciones adicionales estrechamente vinculadas al suministro de servicios de pago, tales como:
  2. Cambio de divisas;
  3. Almacenamiento seguro de dinero disponible para ejecutar transacciones de pago;
  4. Procesamiento y almacenamiento de datos;
  5. Operar sistemas de pago;
  6. Dirigir algún otro tipo de negocios.

Una institución nacional de este tipo, que conduzca otras actividades de negocio, funciona como una figura híbrida de institución de pago.

Oficina de Servicios de Pago

Esta no es una entidad legal, física u organizativa. No es una figura jurídica, provista de competencias por ley, pero sí forma parte del registro manejado por la PFSA, bajo la forma de una oficina de servicios de pago que ha sido autorizada para proporcionar un servicio de transferencia de dinero. Tiene derecho a operar solo en el territorio de la República de Polonia, bien sea a través de sucursales específicas o de agentes calificados.

La actividad de este tipo de oficinas está regulada, lo cual significa que requieren una inscripción previa en el registro de proveedores de servicios de pago que maneja la PFSA.

Una oficina de servicio de pago puede llevar a cabo diferentes actividades, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos, tales como:

1. El ofrecimiento de soluciones organizacionales que permitan:

a. El cálculo del importe mensual total de las transacciones de pago,

b. El desempeño de funciones dedicadas a contrarrestar delitos como el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, de conformidad con la ley del 1 de marzo de 2018 sobre tales asuntos (Acta de Leyes de 2018, artículo 723).

2. La persona que administra la oficina no debe tener una condena por delitos contra la rotación económica (definidos en el Capítulo XXXVI del Código Penal), el comercio de dinero y valores (especificados en el Capítulo XXXVII del Código Penal) y los delitos mencionados en el art. 165a del Código Penal o infracciones fiscales (especificadas en las disposiciones del Código Penal Tributario).

Además, la oficina de servicios de pago que solicita la inscripción ante la PFSA debe tener un plan comercial y financiero para los primeros 12 meses de operación. Sin embargo, no es obligatorio que dichos documentos sean presentados junto con la solicitud de inscripción ante el registro.

Una vez que la oficina inicia  actividades, sus principales obligaciones se detallan a continuación:

El promedio de la cantidad total de transacciones de pago realizadas por la oficina y los agentes que presten servicios de pago, correspondientes a los 12 meses previos, no debe exceder el monto de 500 EUR mensuales (la cantidad total de transacciones de pago para un mes determinado se calcula utilizando el valor promedio de cambio anunciado por el Banco Nacional de Polonia, de acuerdo a la tasa del último día del mes anterior al período en cuestión).

  • La oficina de servicios de pago está obligada a proteger los fondos recibidos de los usuarios, incluidos aquellos proporcionados a través de un agente u otro proveedor, con el propósito de realizar transacciones de pago. Esta obligación será cumplida por la oficina mediante la finalización de las relaciones con el banco nacional, la entidad de crédito, la sucursal bancaria extranjera o la compañía de seguros, que no pertenezcan al mismo grupo de la oficina de servicios de pago, el banco, el contrato de garantía o contrato de seguro.
  • La oficina de servicios de pago está obligada a proporcionar periódicamente a la PSFA la información concerniente al importe total y al número de todas las transacciones realizadas, incluido el pago de los agentes.
  • La oficina de servicios de pago debe cumplir con las recomendaciones emitidas por la PFSA.
  • La oficina de servicios de pago, que es una institución comprometida con lo establecido en la Ley Contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo, está obligada a registrar cualquier transacción que exceda la cantidad de 15 000 EUR, independientemente de la cantidad de operaciones en las que se ejecute. Los antecedentes indican que todas estas operaciones están vinculadas y se subdividen en transacciones más pequeñas con la intención de evitar la obligación de registrarlas.

Estas instituciones abarcan una amplia gama de operaciones comerciales dentro del sector de servicios financieros, incluidos los bancos, fideicomisos, compañías de seguros, firmas de corretaje y operadores de inversión.

Consulta gratuita

Pequeñas Instituciones de Pago

Una pequeña institución de pago (MIP) es una solución introducida por la Enmienda a la Ley de Servicios de Pago, en relación con la implementación de la Directriz PSD2. Se utiliza para conducir negocios de servicios de pago de menor escala, de modo que aplican los mismos requisitos reglamentarios limitados, incluyendo el hecho de que no es obligatorio obtener un permiso de la PFSA. De acuerdo con la definición legal, una MIP es una persona natural, jurídica y una unidad organizativa que no constituye una figura legal, sino que tiene competencias provistas por la ley; forma parte del registro de proveedores de servicios de pago y administradores de dinero electrónico, que operan en el campo de cualquier servicio de pago que no incluya la apertura de la transacción o el acceso a la información de la cuenta.

Una MIP es una solución para aquellos empresarios que, mientras planean dirigir una empresa más grande (como una institución nacional de pago autorizada), desean comprobar el funcionamiento de las soluciones planificadas en un mercado financiero regulado y supervisado. Experimentar las actividades en el campo de los servicios de pago con una MIP, permitirá al empresario preparar adecuadamente una posible solicitud ante la PFSA para obtener la licencia de una institución nacional de pago: dicha solicitud se evalúa y gestiona de una manera eficiente. De modo que esta solución tiene el carácter de un entorno de pruebas a la medida y se recomienda para todo tipo de empresas de nueva creación, especialmente aquellas de la industria FinTech.

Cualquier actividad en el campo de los servicios de pago que se realice bajo la figura de una MIP está regulada y se encuentra en el marco de lo establecido en la Ley de Emprendedores, en la cual se indica particularmente que llevar a cabo este negocio requiere la inscripción previa en el registro de los proveedores de servicios de pago y agentes de dinero electrónico mantenido por la PFSA. Sin embargo, la adopción de este tipo de empresa no requiere la aprobación de dicho organismo. La fecha exacta de entrada al registro es considerada como el primer día de actividades de la MIP. Estas empresas tienen derecho a operar solo en el territorio de la República de Polonia, a través de agentes o de forma independiente (como una sucursal). El promedio del monto total de las transacciones de pago realizadas por la MIP que correspondan al periodo previo de 12 meses, incluyendo las de los agentes que prestan servicios de pago, no debe exceder el equivalente a 1 500 000 EUR mensuales.

 Proveedor de Servicios de Información de Cuentas (AISP)

La figura de Proveedor de Servicios de Información de Cuentas (AISP, por sus siglas en inglés) es una solución introducida por la Enmienda a la Ley de Servicios de Pago, en relación con la implementación de la Directriz PSD2. Se utiliza para ofrecer servicios que consisten en proporcionar a los titulares de cuentas la información consolidada sobre las mismas. Debido a su propia naturaleza, estos servicios solo pueden suministrarse a través de canales electrónicos (Internet, teléfonos móviles) y solo si la cuenta del usuario está disponible en línea. Un AISP no tiene derecho a proporcionar ningún otro servicio de pago. De acuerdo con la definición legal, un AISP responde a la figura de persona natural, jurídica y de unidad organizativa, que no constituye una entidad legal pero tiene competencias provistas por la ley; forma parte del registro de proveedores de servicios de pago y agentes de dinero electrónico, que operan en el sector de servicios de acceso a información de cuentas, excluyendo cualquier otra aplicación de pago.

Las actividades de un AISP están reguladas y se encuentran en el marco de lo establecido en la Ley de Emprendedores, en la cual se indica que llevar a cabo este negocio requiere la inscripción previa en el registro de los proveedores de servicios de pago y agentes de dinero electrónico mantenido por la PFSA. Sin embargo, la adopción de este tipo de empresa no requiere la aprobación de dicho organismo. La fecha exacta de entrada al registro es considerada como el primer día de actividades de la AISP.Un proveedor AISP puede realizar sus propias operaciones por medio de agentes, es decir, personas naturales, jurídicas y unidades organizativas, que no sean figuras  legales a quienes la ley otorgue competencias para actuar en nombre de la AISP, sino que solo conceda a la AISP el derecho de la provisión del servicio de acceso a la información de cuentas. Para desarrollar estos negocios, un AISP también puede establecer sucursales aparte y organizativamente independientes de esta actividad económica, que funcionen fuera de la oficina registrada o del lugar principal de las actividades del AISP. Es vital que todos los datos relativos a los agentes y sucursales de AISP se incluyan en el registro de proveedores de servicios de pago y emisores de dinero electrónico.

Un AISP puede proporcionar servicios de acceso a la información de cuentas en:

1) El territorio de la República de Polonia de forma independiente (como sucursal) o a través de agentes y

2) En el territorio de un Estado miembro distinto a la República de Polonia, a través de una sucursal, como parte de actividades transfronterizas (es decir, sin presencia física en otro Estado miembro) o a través de un agente.

Un AISP puede desarrollar otra actividad comercial que no sea la provisión de servicios de acceso a la información de cuentas, en este caso se considera como un AISP híbrido.

Mundo Offshore ofrece la solución óptima a la hora de adquirir una licencia financiera, así como el asesoramiento adecuado para garantizar la optimización del proceso. Contáctenos cuanto antes para obtener más información y recibir la asistencia profesional que ha estado buscando. Mundo Offshore con mucho gusto le presentará a los especialistas más calificados en el área.

Envíenos su consulta

    Comments (0)
    Add Comment