Hay muchísimas compañías en los Emiratos Árabes Unidos que son propiedad de entidades constituidas en jurisdicciones «exentas o con impuestos nominales» (referidas aquí como «NOONs»), tales como las Islas Vírgenes Británicas (BVI), Islas Caimán, Isla de Man, Jersey, Guernsey, Mauricio, Bahamas, Seychelles, Bermudas y los Emiratos Árabes Unidos, por nombrar algunos. Excepto por el uso de estas figuras solo para mantener acciones en las entidades de los EAU, estas compañías en las NOONs también poseen frecuentemente derechos de propiedad intelectual y suscriben acuerdos de licencia, franquiciado y gestión, así como otros convenios similares con entidades de los EAU, con el objetivo de reducir los riesgos inherentes a la retención de estos fondos en dicho país y/o aprovechar los regímenes nominales o libres de impuestos de estas jurisdicciones, a partir de los cuales los dividendos se distribuyen internacionalmente. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2019, la Unión Europea ha cambiado las condiciones con respecto a la conducción de negocios de esta manera, tal como se explica a continuación.
Qué son exactamente las «Reglas de Sustancia Económica»
Luego de evaluar las políticas tributarias de las jurisdicciones con exención de impuestos o régimen nominal, el Grupo de Código de Conducta de la Unión Europea ha estipulado ciertos criterios que deben seguirse, lo que resulta en la implementación de las leyes de estas NOONs, con el fin de eliminar la simplificación de estructuras corporativas o de acuerdos orientados a atraer ganancias que no reflejen la actividad económica real en estas jurisdicciones. Como resultado, aquellas entidades incorporadas en las NOONs y que realicen ciertas actividades comerciales identificadas, deben mostrar «actividad económica real» en estas jurisdicciones o, si no, enfrentar multas, sanciones y una posible cancelación de su registro por parte de las autoridades pertinentes de la jurisdicción en la que estén incorporadas. La Unión Europea ha impuesto además algunas medidas para obtener la cooperación por parte de las NOONs, lo cual incluye a los países que no cumplen con las «listas negras». Para evitar la inclusión en dichas listas, todas las jurisdicciones afectadas debían promulgar las «Reglas de Sustancia Económica» antes del 1 de enero de 2019. En los Emiratos Árabes Unidos, las normativas de sustancia económica han sido introducidas a través de la Resolución No. 31 del Gabinete de Ministros de 2019, que entró en vigor el 30 de abril de dicho año.
Básicamente, todas las jurisdicciones que han promulgado leyes de «sustancia económica» han seguido los mismos criterios, puesto que han definido qué entidades, qué sectores y/o actividades económicas se ven afectadas, además han ideado ciertas pruebas para determinar si una entidad cumple con los criterios de «sustancia económica» dentro de esa jurisdicción. Aunque no todas las leyes aprobadas por estas NOONs son exactamente iguales, todas las jurisdicciones han aplicado los criterios generales impuestos por el Grupo de Código de Conducta de la Unión Europea.
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Entidades afectadas
En general, todas las entidades legales que sean residentes fiscales de acuerdo con las leyes de la NOON correspondiente, deben cumplir con los requisitos de sustancia económica, a excepción de aquellas que sean residentes fiscales en otra jurisdicción que haya emitido un certificado donde conste tal condición. Algunas NOONs también han proporcionado disposiciones particulares en sus leyes de sustancia económica, relacionadas con la determinación de la residencia fiscal.
Actividades relevantes y sectores afectados
Usualmente, las jurisdicciones correspondientes han hecho que las leyes de sustancia económica sean aplicables a los siguientes sectores y/o actividades: banca, seguros, transporte de mercancías, gestión de fondos, financiamiento y arrendamiento, oficinas centrales, entidades de capital, entidades de oficinas centrales, posesión de propiedad intelectual y centros de servicio.
Test de Sustancia Económica
Para demostrar que existe suficiente sustancia económica, una entidad que pertenece a la NOON debe satisfacer las siguientes «pruebas de sustancias»: (i) ser dirigida y administrada de manera efectiva, (ii) llevar a cabo actividades básicas de generación de ingresos y (iii) demostrar suficiencia con respecto a empleados calificados, gastos y presencia física.
Gestión y dirección
Para que una entidad sea dirigida y administrada desde la NOON deberá demostrar que se celebran reuniones regulares de la junta directiva con la presencia del quórum requerido de directores, además que estos tienen la experiencia y el conocimiento adecuados de acuerdo a sus responsabilidades y que se guardan las actas de las reuniones de la junta, todo dentro de la propia NOON.
Actividades centrales de generación de ingresos
La entidad debe demostrar que las actividades centrales de generación de ingresos («CIGA’s») se llevan a cabo dentro de la NOON, con la debida consideración al nivel de ingresos que generan las actividades de la entidad. El alcance de las CIGAs también puede depender del sector económico en el que se encuentra la entidad y/o la actividad económica de la misma, ya que ciertas organizaciones pueden tener dos figuras a la vez, como la de sociedad de capital con licencia de propiedad intelectual, en cuyo caso la organización debe satisfacer la prueba para ambas actividades. La característica importante para cumplir con las CIGAs es que los ingresos sujetos a impuestos en la NOON sean «apropiados» para las CIGAs que se llevan a cabo en la jurisdicción.
Las CIGAs variarán para los diferentes sectores y actividades económicas. Algunos ejemplos son los siguientes: (i) «Entidades de Participación en el Capital» requerirían el cumplimiento de los requisitos corporativos pertinentes, administrar las participaciones en las distintas subsidiarias con personal adecuado y un local apropiado; (ii) «Entidades de Tenencia de Propiedad Intelectual» requerirían investigación y las actividades de desarrollo que se llevarán a cabo en la NOON y (iii) con respecto a los activos intangibles, como marcas y marcas registradas, las CIGAs deberían incluir la realización de actividades como el etiquetado, el marketing y la distribución.
Es posible tercerizar determinadas CIGAs incluso fuera de la NOON, sin embargo, esto estaría sujeto a ciertas condiciones. En el caso de una subcontratación, los recursos del proveedor de servicios se tendrán en cuenta al determinar el cumplimiento de las CIGAs requeridas.
Para evitar la inclusión en dichas listas, todas las jurisdicciones afectadas debían promulgar las «Reglas de Sustancia Económica» antes del 1 de enero de 2019.
Adecuación
En relación con los dos criterios mencionados anteriormente, la entidad de la NOON debe tener suficientes empleados calificados, incurrir en gastos acordes y tener activos adecuados dentro de la NOON para justificar los ingresos generados. Los trabajadores deben estar físicamente presentes en la jurisdicción, aunque no necesitan ser contratados directamente por la entidad, sino que pueden ser empleados por otra organización, en ambos casos de forma temporal o permanente. La determinación de la «adecuación» dependerá completamente de las particularidades de la entidad de la NOON y de su actividad económica.
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Obligaciones relacionadas con el reporte de información
Cada NOON tiene sus propios mecanismos de presentación de informes, sin embargo, esta se realizará principalmente mediante la entrega semestral o anual de un «rendimiento económico» en el que se especifica de qué manera la entidad está cumpliendo con las reglas de sustancia. El incumplimiento de dichas normativas de cada NOON en particular, resultará en la imposición de sanciones u otras repercusiones según lo determinado por estas leyes. Como la fecha de implementación de las diversas regulaciones de sustancia económica en algunas de las NOONs fue el 1 de enero de 2019, las obligaciones de presentación de informes relacionadas con el cumplimiento de dichas normas para las entidades constituidas antes del 1 de enero de 2019, corresponden tan pronto como al 1 de julio de 2019 en algunas de estas jurisdicciones.
Como parte de las obligaciones de presentación ante las oficinas de registro relevantes de la empresa, la entidad de la NOON deberá presentar los siguientes detalles: (i) tipos de negocio/ingresos, (ii) cantidad y tipo de ingreso bruto, (iii) monto de gastos operativos, (iv) detalles de las instalaciones, (v) número de empleados calificados, incluidos niveles de experiencia, calificaciones, términos y período de empleo, (vi) detalles de las CIGAs (para cada actividad económica realizada), (vii) estados financieros, (viii) detalles de las CIGAs subcontratadas (si aplica), (ix) plan de negocios, especialmente relacionados con las razones para mantener la propiedad intelectual en la NOON y (x), evidencia de las reuniones de la junta directiva y las resoluciones aprobadas.
Sanciones derivadas de no conformidades
En caso de que no se cumplan los requisitos de la sustancia económica para cada período de información financiera, las NOONs impondrán penalidades financieras a sus entidades y en caso de repetidas violaciones, a la entidad de la NOON se le puede incluso cancelar el registro o colocarse en liquidación por parte de las autoridades competentes. Los montos de las penalizaciones están determinados por las leyes de sustancia económica de las NOONs y no son universales. A modo de ejemplo, en las BVI la Ley de Sustancia Económica de 2018 (Compañías y Sociedades Limitadas) establece una multa de hasta 20 000 USD por el primer año de incumplimiento y hasta 400 USD anuales por años incurridos. El impacto en una entidad local de los EAU por parte de una entidad tenedora incorporada a una NOON podría ser que, a menos que se paguen las multas pendientes, las oficinas de registro de la empresa de la entidad de la NOON no puedan emitir documentos, tales como certificados de buena reputación y similares, los cuales podrían requerirse para las transferencias de acciones o propiedades en los Emiratos Árabes Unidos, entre otros problemas que pueden experimentarse.
Liquidación y cancelación del registro
En el caso de un incumplimiento reiterado de las leyes de sustancia económica de una NOON en particular, la entidad puede sufrir una cancelación de registro o una liquidación ante la oficina de registro de la empresa de la NOON correspondiente. Si se cancela el registro de la entidad, esto tendrá un gran impacto en la empresa local de los EAU, ya que no se podrá obtener la documentación requerida suministrada por las autoridades de registro de la empresa en la NOON, la cual puede ser necesaria en ocasiones en los EAU, además se rechazarán las transferencias de acciones en la entidad de los EAU, se bloqueará la transferencia de bienes de propiedad de la entidad local de los EAU debido a la falta de documentos, las cuentas bancarias de la entidad de la NOON pueden ser bloqueadas o incluso cerradas, los acuerdos entre la entidad local de los EAU y la entidad de la NOON pueden ser concluidos o quedar sin efecto y los derechos de propiedad intelectual pueden verse seriamente afectados.
Acciones a tomar
Cuando las organizaciones de los EAU son propiedad de las entidades de la NOON, se deben cumplir las leyes de sustancia económica de la NOON correspondiente para evitar posibles implicaciones graves en las operaciones de la entidad de los EAU. Como los plazos de presentación de informes pueden coincidir en varias NOONs, se deben tomar las medidas necesarias de inmediato para establecer tanto la exigencia como los requisitos de la NOON en particular para el cumplimiento de las reglas de sustancia económica. En el caso de que las leyes de sustancia económica de la NOON aplicables a su empresa impliquen una acción, se deben implementar medidas correctivas inmediatas para evitar sanciones innecesarias. Si se han tomado medidas, también puede valer la pena someterse a un «control de rutina» para garantizar total cumplimiento.
El contenido de este artículo está destinado a proporcionar una guía general sobre el tema. De acuerdo a sus circunstancias específicas, usted debe procurar obtener asesoría por parte de especialistas.
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