El Brexit y sus consecuencias financieras

El comercio de derivados y activos de compensación entre el Reino Unido y los Estados Unidos de Norteamérica continuará tras la salida del Gobierno de su Majestad de la UE.

Las autoridades de ambos Estados, concretamente el Banco de Inglaterra y la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos de los EE. UU. (CFTC), han realizado una declaración conjunta al respecto.

Las autoridades de ambos países están tomando medidas para que el Brexit no genere incertidumbre en las equilibradas relaciones entre sus mercados de derivados financieros. Estas soluciones ayudarán a mantener la estabilidad financiera y la interacción efectiva entre los mercados; gracias a las mismas, los participantes podrán mantener su confianza en torno a la gestión de riesgos y a las oportunidades de negocio que procuran estas plazas.

Siendo los dueños de los mayores y más complejos centros mercantiles de instrumentos financieros a nivel global, EE. UU. y Reino Unido reconocen su responsabilidad a la hora de garantizar la sostenibilidad y la eficiencia de sus mercados. Además, Londres continúa siendo el centro global de comercio de derivados y activos de compensación, y acoge alrededor del 97 % del mercado de derivados con tasa de interés centralizada. Las autoridades de ambos estados prometen mantener sus altos estándares de trabajo tras la salida del Reino Unido de la UE.

El Órgano de Regulación Prudencial (BoE) , la Autoridad de Servicios Financieros (FCA) y la Comisión de Negociación de Productos Básicos de los Estados Unidos (CFTC), en calidad de reguladores de sus mercados de derivados, reafirman su estrecha cooperación y han acordado, con el apoyo de Reino Unido, coordinar las siguientes medidas para garantizar la continuidad comercial:

Continuidad en la cooperación relativa a actividades de supervisión 

El BoE, la FCA y la CFTC tienen mecanismos de intercambio de información y cooperación para apoyar la efectiva supervisión transfronteriza de los mercados de derivados y sus participantes, y promover la estabilidad financiera de los mercados. En relación a ello:

  • Ante el próximo reconocimiento de las contrapartes centrales registradas en la CFTC por parte de Reino Unido, el BoE y la CFTC se hallan en proceso de actualizar su memorando de entendimiento (MoU), que fue originalmente aprobado en 2009 y abarca las actividades de los activos de compensación.
  • Asimismo, La FCA y la CFTC están actualizando sus memorandos de entendimiento, que afectan a empresas de derivados financieros y a compañías pertenecientes a la industria de fondos alternativos de inversión. Estos memorandos se firmaron originalmente en 2013 y 2016.

 Ampliación de la ayuda existente de la CFTC y la compatibilidad para Reino Unido.

La CFTC tiene la intención de adoptar medidas que permitan que la asistencia regulatoria proporcionada por la CFTC a las empresas de la UE, incluidas las empresas del Reino Unido, se extienda a las empresas británicas en el momento de su salida de la UE a través de los siguientes métodos:

  • Los trabajadores de la CFTC emitirán nuevas cartas a los participantes en el mercado británico. Dichas cartas, sin el recurso de medidas adicionales, permitirán a los participantes del mercado británico confiar en una asistencia de larga duración del personal de la CFTC en relación a una serie de cuestiones, incluyendo el registro de brokers, la presentación de datos de los swaps, así como el comercio y la compensación de swaps entre empresas.
  • La CFTC proporcionará nuevos documentos ya enviados a la UE y a Reino Unido. Estas órdenes permitirán a las sociedades cumplir con ciertos requisitos con respecto al nivel empresarial y a las operaciones de la CFTC, así como con los requisitos marginales de los swaps, cumpliendo con las correspondientes leyes del Reino Unido y satisfaciendo los requisitos de la gestión comercial de la CFTC mediante las pertinentes plataformas de negociación de Reino Unido. En caso de necesidad, para garantizar que su asistencia no se interrumpe tras la salida de Gran Bretaña de la UE, los funcionarios de la CFTC proporcionarán un apoyo temporal, sin medidas adicionales, para cubrir el periodo de transición hasta alcanzar el cumplimiento de las correspondientes instrucciones de la CFTC. Durante este período de transitoriedad, la CFTC determinará la prioridad de ejecución de dichas órdenes.
  • La CFTC también confirmó que las ECCs británicas, registradas actualmente en ella, podrán seguir proporcionando servicios en los Estados Unidos sobre las base actuales.

Las autoridades de ambos países están tomando medidas para que el Brexit no genere incertidumbre en las equilibradas relaciones entre sus mercados de derivados financieros.

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La equivalencia del Reino Unido para EE. UU.  

Las autoridades del Reino Unido han confirmado que los centros de comercio, empresas y ECC estadounidenses podrán continuar proporcionando servicios en el Reino Unido. Los fundamentos mediante los cuales prestan servicios a la UE y a sus empresas en la actualidad son el resultado de las diversas decisiones adoptadas por la Comisión Europea en torno a la equivalencia del marco regulatorio de la CFTC. Las empresas del Reino Unido seguirán teniendo acceso a estas organizaciones sobre la misma base que las empresas de la UE a través de las siguientes medidas:

  • El Reino Unido ha confirmado que las decisiones de la Comisión Europea sobre la compatibilidad del marco normativo de la CFTC en relación a los requisitos de reducción de riesgos, incluyendo los requisitos marginales para derivados y plataformas comerciales, seguirán siendo consideradas como una cuestión legislativa británica tras la salida de Reino Unido de la UE. Estas medidas garantizarán una continuidad de la cooperación, incluyendo la posibilidad de que las empresas británicas apliquen las reglas de margen de la CFTC para los contratos con las contrapartes de EE.UU. reguladas por la CFTC.

Las empresas británicas también podrán acceder a las plazas de mercado reguladas por la CFTC y hacer uso de las mismas para cumplir con sus obligaciones regulatorias, incluidas aquellas relacionadas con el comercio de derivados.

  • Gran Bretaña, el BoE y la CFTC cooperan estrechamente en la toma de decisiones sobre la equivalencia y el reconocimiento con respecto a las ECC registradas en la CFTC. Las autoridades del Reino Unido ya han expresado que los regímenes de compensación, reconocidos como compatibles por la Comisión Europea, serán igualmente reconocidos por Reino Unido. Habida cuenta de la importancia sistémica de las actividades de compensación llevadas a cabo por las empresas registradas en la CFTC, el gobierno británico y el Banco de Inglaterra esperan con carácter prioritario anunciar esas decisiones en relación al régimen de la CFTC y las ECC registradas.  Mientras tanto, el BoE confirmó que si el Reino Unido sale de la UE sin acuerdo, las ECC estadounidenses podrán seguir proporcionando servicios en el Reino Unido y a las empresas británicas sobre las bases actuales, empleando el «régimen de reconocimiento temporal» del Reino Unido para las ECC no británicas. Hasta la fecha, cuatro de ellas, registradas en la CFTC, han notificado su intención de introducir este régimen, válido durante tres años y renovable en caso de ser necesario.

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